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9 de Octubre, 2015

"Reconocer irregularidad en el manejo de dinero justifica el despido"

Al advertir que un ex encargado de turno que se desempeñaba en una sucursal de Farmacity SA reconoció ser el responsable de la pérdida de dinero de una recaudación proveniente del cobro de impuestos por Pago Fácil, cuando suscribió un acuerdo con la patronal para restituir el monto desaparecido y renunciar a su puesto, a cambio de no ser denunciado penalmente y despedido con causa, la Sala 6ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba consideró justificada la cesantía del trabajador por pérdida de confianza, luego de que éste incumplió lo convenido.

La cuestión fue protagonizada por L.M.U., quien celebró un acuerdo mediante el cual reconocía su responsabilidad sobre el hecho y se disponía a restituir el monto en cuotas, librando pagarés a su nombre. A cambio de ello, la empresa no iba a despedir con causa al trabajador ni hacer la denuncia penal correspondiente sino que el actor iba a renunciar a su puesto. No obstante ello, L.M.U. se negó a ello y solicitó que se le aclarara la relación laboral.

Tras analizar la prueba rendida en la causa, el tribunal integrado por María del Carmen Piña, al advertir que el hecho no fue negado por el demandante y que éste reconoció haber sido el responsable del dinero faltante y proveniente de los sobres de recaudación de Pago Fácil en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que refiere el texto del despido, sostuvo que “se erige en un hecho de tal gravedad que autoriza y legitima la medida rescisoria”.

En esa dirección, la magistrada apuntó que “quien admite la concreción de conductas de evasión como la descripta, se constituye en un elemento incompatible en el ámbito de trabajo y atenta contra la comunidad de bienes y servicios, base de toda relación de trabajo”, subrayando que “hay alusión en el texto rescisorio a hechos puntuales, pero también se alude a la violación del principio de lealtad y de fidelidad y, en el caso que nos ocupa, tiene el Tribunal la certeza, con la propia confesional del actor, documental y prueba testimonial, que ambos han sido violados”.

En consecuencia, la vocal estimó que las razones invocadas en el despido “tienen tal entidad injuriante a los intereses de la principal que legitiman la medida rescisoria dispuesta al tornar imposible la continuidad del vínculo”.

Fuente: Actualidad Jurídica