14 de Octubre, 2015
Cuando Los magistrados entendieron que la exclusión de la aplicación de la presunción consagrada en el caso es discriminatoria.
Una empresa fue condenada a indemnizar con más de $150.000 a un trabajador despedido en los seis meses siguientes a contraer matrimonio, al advertir que ese derecho rige para ambos sexos, según lo resolvió la Cámara Laboral.
"La exclusión de la aplicación de la presunción consagrada al caso del despido del trabajador varón es discriminatoria", sostuvo la sala V del tribunal de apelaciones en base a la ley de Contrato de Trabajo que establece una indemnización especial para el caso de despidos dentro de los seis meses de contraer matrimonio.
"En el contexto socio-cultural actual no se advierte cuál sería la finalidad legítima del mantenimiento de la exclusión del trabajador varón de la tutela pretendida", consideraron los camaristas Oscar Zas, Enrique Arias Gibert y María García Margalejo.
De esta forma, el trabajador Rubén Piñeyro fue beneficiado con una indemnización adicional equivalente a un año de salarios, tras ser despedido por la empresa "Telefónica de Argentina" en marzo de 2008.
Fuente: Actualidad Jurídica
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